El vicepresidente segundo de Diputación, Miguel Ángel Castellón, ha criticado hoy las “malas artes” de las que que, una vez más, ha hecho gala el alcalde de Albox, Rogelio Luis Mena, a la hora de ‘airear’, en lugar de notificar, la supuesta multa que ha impuesto el Consistorio albojense a la Institución Provincial por una actuación acometida dentro del vertedero de Albox.
“La Institución Provincial sólo ha adjudicado las obras que gestiona y promueve directamente el Consorcio de Residuos Levante-Los Vélez”
Se trata de la puesta en marcha de una planta de aspiración y combustión de Biogás que persigue mejoras medioambientales en el vertedero que gestiona el Consorcio de Residuos de Levante-Los Vélez.
Castellón ha asegurado que “es muy triste” que el Ayuntamiento haya decidido publicar una nota de prensa para anunciar la finalización del proceso sancionador cuando, hasta la fecha de hoy, la Diputación no ha recibido notificación alguna y los técnicos desconocen el estado en el que se encontraba el procedimiento.
“Se trata de una muestra más de la deslealtad de un alcalde que sólo busca la confrontación política en todas y cada una de sus actuaciones”, ha asegurado.
Además, el vicepresidente ha acusado al alcalde albojense de “mentir deliberadamente” al decir que la Diputación no ha presentado alegaciones, cuando sí lo ha hecho. En concreto, las registró el 19 de marzo de 2014 y en ellas se enumeran los vicios procedimentales y defectos formales que se encontraban en la incoación del expediente sancionador. “Dentro de las alegaciones, además de decirle que hay defectos y vicios en la redacción del expediente, argumentamos los motivos por los que esta sanción es totalmente injustificada y, además, no procede”.
En este sentido, el diputado provincial de Fomento ha recordado que la planta está asentada en el municipio de Albox desde hace muchos años y las obras las hace el consorcio, compuesto por más de 40 municipios. “Nosotros hemos realizado el proceso de adjudicación a petición del Consorcio, por no disponer de técnicos competentes para la selección de la empresa que acomete las obras. No somos los promotores”, explica Castellón.
(*)Extracto de las alegaciones
También el vicepresidente ha asegurado que pese a que es el Consorcio el que debería de haber tramitado esos permisos, desde la Diputación se estima que no eran necesarios, puesto que son obras dentro de la planta para su adecuación y ésta ya contaba con ellos.
En este sentido, Castellón se ha referido a las alegaciones y ha recordado que contaba con Autorización Ambiental Integrada por parte del Gobierno Andaluz y una autorización municipal por acuerdo de Junta de Gobierno de 16 de mayo de 2008 para la ampliación y ejercicio de la actividad de gestión de recursos no peligrosos en el Centro de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del Consorcio Levante-Almanzora. “(…)En ningún caso puede considerarse una actuación complementaria, sino intrínseca a la propia actividad industrial autorizada por el Ayuntamiento y que ahora se pretende volver a autorizar”, recoge el informe de alegaciones.
(*)Extracto de las alegaciones
“No son unas actividades complementarias a las que ya se concedió licencia, sino que han sido contempladas desde el inicio de la explotación de la planta, siguiendo la planificación de lo ya autorizado. (…)La explotación de un vertedero conlleva una actividad continua desde el inicio de su explotación hasta su clausura definitiva, 30 años después de la realización del último vertido. El R.D 148 1/2001, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero, se exige una cubrición diaria de tierras de todos los vertidos realizados durante le día anterior, lo que requiere un movimiento de tierras continuo durante toda la explotación. Estos movimientos están amparados en la Autorización Ambiental Integrada y en la licencia de obras inicial, y no conlleva la solicitud de licencias periódicas para su realización, dado que se trata de una instalación industrial legalizada para realizar esta actividad. Dentro de esas actuaciones que implcia esta instalación industrial la legislación ambiental prevé y exige la desgasificación mediante las actuaciones denunciadas ahora por ese ayuntamiento cuando las había autorizado al autorizar la obra amparada en al Autorización Ambiental Integrada”.
No en vano, Miguel Ángel Castellón ha recordado a Rogelio Luis Mena que de existir dicha resolución del procedimiento sancionador, ésta podría ser objeto de recurso administrativo y contencioso-administrativo. “Se trata de una decisión técnica y no política. Si los funcionarios de la casa entienden que no está justificada la sanción, tomaremos las medidas oportunas”.